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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) puntualizó que este aviso entrará en vigor en esta temporada a partir del 17 de diciembre del presente año hasta el 2 de enero de 2022. 

Con el objetivo de fomentar la seguridad de los usuarios que circularán por las carreteras en el periodo vacacional de invierno, se establecieron las restricciones a la circulación del autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal.

Se detallaron que las restricciones de circulación del autotransporte de carga especializada y grúas industriales durante los días de mayor afluencia vehicular, obedecen a un mayor flujo automotor de los usuarios de las carreteras federales.

El aviso tiene el fin de limitar la circulación de combinaciones vehiculares especiales que transitan a baja velocidad transportando objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como de las grúas industriales.

A fin de fomentar la seguridad de los vacacionistas y sus familias que viajan con motivo de las fiestas decembrinas y por vacacionistas con destino a lugares turísticos.

Los horarios de operación que se aplicarán en la temporada vacacional comprenden de las 00:00 horas del 17 de diciembre de 2021, a las 23:59 horas del 2 de enero de 2022, de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.

 

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